Al contratar los servicios de TIENDA A PUERTA, usted en calidad de ‘Cliente’ acuerda en su nombre y en nombre de cualquier persona interesada en el Envío, que los Términos y Condiciones se aplicarán desde el momento en que TIENDA A PUERTA acepte el Envío, salvo acuerdo en contrario por escrito suscrito por un oficial autorizado de TIENDA A PUERTA.

Si el transporte involucra un destino final o una parada en un país distinto del país de partida, el Convenio de Montreal o el Convenio de Varsovia podrán aplicarse a la responsabilidad de TIENDA A PUERTA por la pérdida, daño o demora de la carga. La limitación de responsabilidad de TIENDA A PUERTA de acuerdo con esos Convenios será la establecida en el subpárrafo 4 a menos que se declare un valor más alto.

Sus derechos establecidos por la ley derivados de cualquier opción de servicio definida, para la cual se haya efectuado un pago adicional, no sufren modificaciones.

Envío

Significa todos los documentos o paquetes que viajan amparados por una guía de embarque y que pueden ser transportados por el medio que TIENDA A PUERTA elija, incluido el transporte aéreo, por carretera o a través de cualquier otro transportista. Una guía de embarque debe incluir cualquier etiqueta, guía aérea o nota de envío y también incluir estos Términos y Condiciones, cada envío se transportará sobre una base de responsabilidad limitada de acuerdo con lo establecido en el presente contrato. Si el Remitente requiera una protección mayor puede concertar un seguro pagando un costo adicional o contratándolo por su cuenta. (Para cualquier información adicional puede contactarse con TIENDA A PUERTA).

Resoluciones relativas al Courier: Limitaciones y Penalidades por incumplimiento

Acorde a la Resolución General 3916/2016 las mercaderías que sean remitidas utilizando esta modalidad de envío no podrán superar los 50 Kg., su valuación no podrá ser mayor a U$S 3.000, deberán estar conformados por hasta 3 unidades de la misma especie y no podrán presumir finalidad comercial.

Este tipo de envío sólo podrá utilizarse 5 veces por año calendario y por persona. Es menester que los usuarios cuenten con CLAVE FISCAL con nivel de seguridad 3.

En caso de incumplimiento de alguna de las limitaciones mencionadas ut supra el cliente deberá abonar los costos de almacenamiento de la Terminal de Cargas aeroportuaria. Este costo, según tarifario TCA vigente, es de U$S 0,60 por kilogramo por día de estadía + IVA

Se deberá tener en cuenta siempre que el mínimo a facturar es equivalente a 10 kg., es decir U$S 6,00 por día + IVA.

    • 1. Aduanas, exportaciones e importaciones TIENDA A PUERTA podrá realizar cualquiera de las siguientes actividades en nombre del Remitente con el fin de prestarle sus servicios:(1) completar cualquier documento, modificar códigos de producto o servicio y pagar cualquier derecho aduanero o impuesto exigido en virtud de la legislación y las normas aplicables (2) actuar como agente de reenvío del Remitente a efectos de aduana y control de exportaciones y como Destinatario exclusivamente a efectos de designar al agente de aduanas para tramitar la liquidación y la entrada, y (3) redirigir el Envío al agente de importaciones del Destinatario o a otra dirección a petición de cualquier persona que TIENDA A PUERTA crea autorizada a su razonable juicio.
    • 2. Envíos inaceptables El remitente acuerda que su Envío es aceptable para el transporte y que se considera inaceptable si: a) está clasificado como sustancia tóxica, mercancías peligrosas, artículos prohibidos o restringidos por la IATA (International Air Transport Asociation), la ICAO (International Civil Aviation Organisation), o por cualquier organismo del gobierno apropiado u otra organización pertinente; b) No se realiza una declaración de aduanas alguna cuando lo exija cualquier reglamento aduanero aplicable; c) Contiene artículos falsos, animales, lingotes de oro o plata, dinero, timbres, instrumentos negociables al portador, metales o piedras preciosas, armas de fuego reales, o de imitación y partes de la misma, armas explosivos y municiones, restos humanos, pornografía o narcóticos/drogas ilegales; d) Contiene cualquier otro artículo que TIENDA A PUERTA decida que no puede transportar de forma segura o legal; o e) Su embalaje es defectuoso o inadecuado. TIENDA A PUERTA se reserva el derecho de no transportar, según criterio, cualquier paquete sin previo aviso.
    • 3. Entregas e imposibilidades de entrega Los envíos no pueden ser enviados a apartados o casillas postales. Los envíos son entregados en la dirección del Destinatario facilitada por el Remitente (lo que en caso de servicios de correo será considerado el primer servicio postal de recibo). El envío se entregará a toda persona mayor de edad que se encuentre en el interior del domicilio de entrega, sin que sea necesaria la entrega al Destinatario nombrado personalmente en el envío. Los envíos a direcciones con un área central de recepción serán entregados en dicha Área. Si el Destinatario se rehúsa a aceptar o pagar la entrega, o si no se puede identificar o localizar al Destinatario, TIENDA A PUERTA hará todos los esfuerzos razonables para devolver el Envío al Remitente por cuenta y orden de éste y a su cargo y, de no ser posible, habiendo transcurrido un plazo de 60 días, el envío podrá ser abandonado, liberado, enajenado o vendido por parte de TIENDA A PUERTA sin incurrir en algún tipo de obligación hacia el Remitente ni ninguna otra persona, aplicándose las ganancias contra los cargo del servicio y costos administrativos relacionados.
    • 4. Inspección TIENDA A PUERTA tiene el derecho de abrir e inspeccionar un Envío sin notificación previa al Remitente.
    • 5. Cargos de envío y facturación Los cargos de envío de TIENDA A PUERTA se calculan en función del peso real o volumétrico aplicándose el mayor. Cualquier envío podrá ser pesado y medido de nuevo por TIENDA A PUERTA para confirmar este cálculo. El Remitente pagará o reembolsará a TIENDA A PUERTA todos los cargos del envío, cargo de almacenamiento, reexpedición, derechos aduaneros e impuestos adecuados por los servicios prestados o incurridos por TIENDA A PUERTA en nombre del Remitente, del Destinatario o de cualquier tercero y todos los gastos por reclamaciones, daños y perjuicios, multas y otros conceptos incurridos si el envío se considera inaceptable para el transporte conforme el Régimen elegido.
    • Responsabilidad de TIENDA A PUERTA. TIENDA A PUERTA se limita estrictamente a lo indicado en los términos y condiciones de transporte (Guía aérea), en la legislación postal vigente (Ley 1369 de 2009) cuando el envío cumple con las características del servicio de Mensajería Expresa y en la Normativa Internacional que regula la materia de transporte de mercancías (Convenio de Varsovia y Protocolos de Montreal). La responsabilidad de TIENDA A PUERTA queda limitada estrictamente a la pérdida y daño directo y a los límites por kilo/lb especificados en la presente clausula.Quedan excluidos todos los demás tipos de pérdidas o daños (incluyendo, pero no limitando al lucro cesante, ganancias intereses, futuros negocios), con independencia de que dicha pérdida o daño sea especial o indirecto, o incluso si se hubiera avisado a TIENDA A PUERTA sobre el riesgo de dicha pérdida o daño antes o después de la aceptación de Envío, dado que el Remitente puede concertar un seguro contra riesgos especiales. Si un envío combina El transporte aéreo, por carretera u otro modo de transporte, se presumirá que cualquier pérdida o daño fue ocasionado durante el tramo aéreo de dicho transporte a menos que se demuestre lo contrario, la responsabilidad de TIENDA A PUERTA en relación con cualquier Envío transportado, sin perjuicio de lo establecido en los apartados 7 a 11, está limitada al valor monetario real y no podrá exceder de:
      • • 25.00 dólares US/kilogramo o $US 11.34 dólares US/lb para los envíos transportados por avión u otro medio no terrestre; o
      • • 12.00 dólares US/kilogramos o 5.44 dólares US/lb para los Envíos transportados por tierra.

      Los reclamos se limitarán a uno por Envío contratado y su liquidación se considera definitiva por todas las perdidas y daños ocasionados en relación con el mismo. Si el Remitente considera que estos límites son insuficientes, debe efectuar una declaración de valor especial y contratar un seguro de acuerdo con lo descrito en el apartado 8 (Seguro de Envío) o contratarlo por sus propios medios, a falta de lo cual el Remitente asume todos los riesgos de pérdidas o daños.

    • 7. Plazo límite para reclamos. Todos los reclamos habrán de ser enviados por escrito a TIENDA A PUERTA en un plazo de treinta (30) días corridos a partir de la fecha en que TIENDA A PUERTA aceptó el Envío, a falta de lo cual TIENDA A PUERTA no asumirá responsabilidad alguna.
    • 8. Seguro del envío. TIENDA A PUERTA puede concertar un seguro para el Remitente que cubra el valor monetario real en caso de pérdida o daño físico del Envío, siempre y cuando el Remitente haya solicitado y contratado expresamente un seguro, el que estará detallado en la guía de embarque o lo solicite a través de los sistemas automatizados de TIENDA A PUERTA y pague la prima aplicable. El seguro de envío no cubre las pérdidas o daños indirectos ni las pérdidas o daños ocasionados por demoras.
    • 9. Envíos atrasados o demorados. TIENDA A PUERTA hará todo esfuerzo razonable para entregar el Envío de conformidad con los plazos normales de entrega de TIENDA A PUERTA, pero éstos no están garantizados y no forman parte del contrato. KITMERAKI no es responsable por ninguna pérdida o daño ocasionados por atrasos y/o demoras.

      Embalaje.
    • 10. TIENDA A PUERTA no se hará responsable por los daños causados por embalaje defectuoso, realizado por una persona diferente al transportista o sus dependientes. Es obligación del cliente verificar si el envío requiere de un embalaje especial.
    • 11. Circunstancias ajenas al control TIENDA A PUERTA. TIENDA A PUERTA no es responsable de ninguna pérdida o daño que se derive de circunstancias ajenas a su control. Estas circunstancias incluyen, pero no se limitan a: desastres naturales (por ejemplo, terremotos, ciclones, tormentas, inundaciones, niebla); causas de fuerza mayor (por ejemplo, guerras accidentes o incautaciones de aviones), cualquier defecto o característica relacionada con la naturaleza del envío, aunque sea conocida por TIENDA A PUERTA, disturbios o conmoción civil; cualquier acción u omisión causada por cualquier persona que no sea empleado o contratado por TIENDA A PUERTA, como por ejemplo, el Remitente, el Destinatario, terceras personas, funcionarios de aduanas u otros organismos gubernamentales, acciones de otras empresas; y daños eléctricos o magnéticos, o borrado de imágenes datos o grabaciones electrónicas o fotográficas.
    • 12. Convención de Varsovia / Convención de Montreal
      TRANSPORTISTA incluye el transportista aéreo que emita la carta de porte aéreo y todos los transportistas que llevan o se comprometen a transportar la carga o realizar cualquier otro servicio relacionado con dicho transporte.

El transporte está sujeto a las normas relativas a la responsabilidad establecidas por el Convenio de Varsovia o el Convenio de Montreal, a menos que dicho transporte no sea un “transporte internacional” tal como se define en los convenios aplicables.

Excepto cuando el transportista haya otorgado crédito al destinatario sin el consentimiento por escrito del remitente, el cargador garantiza el pago de todos los cargos por el transporte debidos de acuerdo con la tarifa del transportista, las condiciones de transporte y los reglamentos conexos (incluyendo las leyes nacionales que aludan al Convenio de Varsovia y el Convenio de Montreal), reglamentos gubernamentales, órdenes y requisitos.

Para el transportador de mercancías aceptado para el traslado, el Convenio de Varsovia y el Convenio de Montreal permiten al expedidor aumentar la limitación de la responsabilidad declarando un valor más elevado para el transporte y pagando un suplemento si es necesario.

En el transporte al que no se aplica ni el Convenio de Varsovia ni el Convenio de Montreal, el Transportista, de conformidad con los procedimientos establecidos en sus condiciones generales de transporte y tarifas aplicables, permitirá al expedidor aumentar la limitación de responsabilidad declarando un valor más alto para el transporte y el pago de un cargo suplementario si así lo requiere

En caso de pérdida, daño o retraso de parte de la carga, el peso que se tendrá en cuenta para determinar el límite de responsabilidad de la empresa transportadora será únicamente el peso del paquete o los paquetes de que se trate.

Cualquier exclusión o limitación de responsabilidad aplicable al Transportista se aplicará a los agentes, empleados y representantes del Transportista ya cualquier persona cuya aeronave o equipo sea utilizada por el Transportista para el transporte, además de los agentes, empleados y representantes de dicha persona.

La recepción por parte de la persona con derecho a la entrega de la carga sin queja será prueba prima facie de que la carga ha sido entregada en buen estado y de conformidad con el contrato de transporte.

El remitente deberá cumplir con todas las leyes aplicables y las regulaciones gubernamentales de cualquier país al cual o desde el cual se pueda transportar la carga, incluidas las relacionadas con el embalaje, transporte o entrega de la carga y proporcionará dicha información y adjuntará dichos documentos a la carta de porte aéreo Según sea necesario para cumplir con dichas leyes y reglamentos. El transportista no es responsable por el cargador y el remitente indemnizará al Transportista por pérdidas o gastos debido al incumplimiento de esta disposición por parte del cargador.

  • 13. Garantías e indemnización del Remitente El remitente indemnizará y mantendrá indemne a TIENDA A PUERTA de cualquier pérdida o daño que se derive del incumplimiento por parte del Remitente de cualquier legislación o norma aplicable y del incumplimiento por parte del Remitente de cualquiera de las siguientes declaraciones y garantías: a) que toda información facilitada por el Remitente o sus representantes es completa y exacta; b) que el envío fue preparado en instalaciones seguras por los empleados del Remitente; c) que el Remitente contrató a personal de confianza para preparar el Envío; d) que el Remitente protegió el Envío contra interferencias no autorizadas durante su preparación, almacenamiento y transporte a TIENDA A PUERTA; e) que el envío está debidamente identificado, dirigido y empaquetado de forma que garantice el transporte seguro con el cuidado ordinario en el manejo; f) que se han cumplido todas las legislaciones y normas aplicables de aduanas importación, exportación y similares; y g) que la guía de embarque haya sido firmada por un representante autorizado del Remitente y los Términos y Condiciones constituyen obligaciones vinculantes y exigibles al Remitente.
  • 14. Ruta El Remitente está de acuerdo con toda ruta y desviación, incluida la posibilidad de que el Envío pueda transportarse pasando por lugares de escala intermedios.
  • 15. Legislación Aplicable. Cualquier controversia que se derive o esté relacionada en modo alguno con estos Términos o Condiciones estará sujeta, para el beneficio de TIENDA A PUERTA, en la jurisdicción de los Tribunales dela Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina y se regirá igualmente por la legislación de dicho país El Remitente se somete irrevocablemente a dicha jurisdicción, salvo disposición legal en contrario.
  • 16. Divisibilidad. Si alguna de las clausulas o parte de las mismas fueran nulas o ineficaces, permanecerán subsistentes el resto de los Términos y Condiciones no afectados por la nulidad o ineficacia.